viernes, 26 de septiembre de 2014

ALGÓ MÁS QUE UN ACUERDO


 
 


Sindicato Libre de Seguridad
C/ San Juan de Mata, 9 – 4ºB    C. Postal 28011 - Madrid
Teléfono: 678 81 66 32 Fax: 91 469 03 63
email:
sindicatolibreseguridad@gmail.com

 
 
FIRMADO UN PREACUERDO DE CONVENIO DE SEGURIDAD PRIVADA  PARA EL AÑO 2015
ALGO MÁS QUE UN ACUERDO
Hay que reconocer, que las asociaciones empresariales y los sindicatos que a día de hoy tienen la capacidad porcentual, que no sabemos si de la otra, se han metido un esprín que podría llevarlos a los Juegos Olímpicos de Brasil con una de las mejores marcas mundiales de los últimos tiempos en cuanto a negociar un ¿¿Convenio??; o mejor dicho, un preacuerdo.
Estos sindicatos mayoritarios deberían empezar a plantearse seriamente que, siguiendo la senda de los elefantes políticos vayan pensando en cambiar el paso; porque para su desgracia, es posible que hayan agotado todos los créditos y su declive se vaya desarrollando cada día un poca más rápido; casi tan rápido como la negociación de este simple y escueto acuerdo, que suprime un día libre que no se aplicaba, a cambio de un 0.5% que sólo aplicarán las empresas de siempre.
Para llamar a esto negociación del Convenio hace falta tener mucha imaginación o algo más duro, porque con los medios de comunicación actuales, con cinco o seis llamadas hubiese sido más que suficiente. Otra cosa es que los actores no han querido perder el efecto del montaje, la parafernalia, las actas; todo tan previsible como insustancial, todo tan preparado, así como el sorprendente desenlace, en el que nos resulta más que significativo lo de los negacionistas por excelencia: los Cocos, que han firmado sin rechistar y sin poner ni un solo pero; tal vez sea la consecuencia de su empecinamiento en no firmar la congelación del año en curso sin haber dado ni una sola alternativa a la rendición sin condiciones que los otros firmaron; esto sin duda les ha debido pasar una dura factura electoral y de afiliación. Por eso, o tal vez por ese cambio de denominación de origen que les ha incluido dentro de una federación más obrera, o con más ladrillos, vaya usted a saber.
Por cierto, no es demagogia lo que comentamos del declive de los grandes dinosaurios del sindicalismo, ya que el descenso de delegados de estas formaciones es preocupante, para ellos, claro. Los datos aportados para formar la Mesa así lo reflejan y esos son oficiales y no manipulables. Un ejemplo: UGT Madrid 161 delegados cuando hace relativamente poco tenían más de 300.
La similitud de lo que ocurre en política general y lo que está pasando en la política sindical es fácil de observar: el apalancamiento y burocratización de las estructuras decimonónicas están dejando de ser ilusionantes; una dejadez constante ante hechos que deberían haber levantado barricadas, sólo han proporcionado discursitos ya escuchados en otros momentos, en demasiados momentos. Y esto unido a ese acercamiento espiritual que nos proponen a cosas que no lo son, porque son demasiado sustanciales como para convertirlas en etéreas, hace que los que seguimos llamando al pan pan, y al vino vino, vayamos poco a poco acercando cada vez más trabajadores al lugar en donde se sigue hablando de lo real y no de lo ficticio.
Mientras, sin entretenernos en escuchar las constantes amenazas y premoniciones que sobre el SLS vierten, en las que nos dan menos esperanzas de vida que las que se dan en cuidados paliativos, o tildándonos de ser una fantasía pasajera, o de ser un cáncer para el Sector, o de un sinfín de maldades para meter miedo a los trabajadores y que no abandonen esos paraguas eternos que tiene las lonas corroídas por el moho, con las varillas medio rotas que apenas son capaces de soportar el próximo vendaval laboral que llegue, vamos a continuar trabajando para que podáis ver con absoluta claridad y transparencia lo que de momento firman ellos y nos afecta a todos.
No vamos a poner cifras de lo que supone un 0.5% en las tablas salariales, porque no merece la pena, ya que sólo lo notaremos (esto es una ironía) si como parece previsible el I.P.C. del año se va por debajo de cero, y eso siempre que no pensemos en la tan terrible “pérdida de poder adquisitivo” de los trabajadores, que para nuestra desgracia es parte del sistema de recuperación de la economía propuesto por los gobiernos de la extrema derecha que manejan esta Europa en la que trabajamos.
Mientras no nos demos cuenta de la conexión que existe entre nuestro salario y lo que votamos en una elecciones del carácter que sean (generales, autonómicas, locales y sindicales), vamos a seguir viviendo de lo que se vaya cayendo del mantel donde comen los ricos, los empresarios, los banqueros, los especuladores; en resumen, los poderosos.
Podéis seguir manteniendo un Titánic que se hunde, o construir en S.L.S. algo nuevo y acorde con esta sociedad que va emergiendo lenta pero inexorablemente hacia un diferente modo de entender y hacer las cosas.
 
SEGUIREMOS INFORMANDO
 

 

sábado, 20 de septiembre de 2014

RAZONES PARA AFILIARSE AL SLS

Sindicato Libre de Seguridad
C/ San Juan de Mata, 9 – 4ºB    C. Postal 28011 - Madrid
Teléfono: 678 81 66 32 Fax: 91 469 03 63
email:
sindicatolibreseguridad@gmail.com


RAZONES PAR AFILARSE AL SLS

Las razones para afiliarse a un sindicato pueden ser y de hecho son muchas y diversas, siendo para cada persona más importantes unos motivos que otros, e igualmente será distinto para cada uno el orden de prioridad para la afiliación; no obstante con carácter general y sin que tenga que ser según el orden que se indica, desde el SLS expresamos una serie de razones a tal fin.

RAZONES DE CARÁCTER GENERAL

CONVICCIÓN.- Es necesario tener claro que los intereses colectivos se defienden de modo más eficaz a través de organismos que reúnan a personas con intereses comunes; y en este sentido en el mundo laboral, es evidente que los problemas que se tengan que plantear en las empresas han de resolverse colectivamente, entre otras razones porque el empresario no va a negociar individualmente con cada uno de los trabajadores.
CONTRAPESO.- Por una parte hay que partir del hecho cierto que el empresario no va a negociar con cada trabajador sus condiciones individuales, y por otra parte es sobradamente conocido que los empresarios no actúan individualmente, sino que se encuentran agrupados en organizaciones empresariales, de ámbito nacional, regional o local, así como en organizaciones sectoriales. Como  contrapeso a esa fuerza, no debe olvidarse que los empresarios y sus organizaciones cuentan de partida con una mayor cantidad de medios y recursos; por ello es imprescindible oponer organizaciones similares para equilibrar, en la medida de lo posible las fuerzas, para lo cual el único medio es la organización sindical.
UNIÓN.- Consecuencia de lo anterior ha de traerse a colación el viejo principio de “La unión hace la fuerza” que no debe tomarse como una frase bonita, sino como una realidad incuestionable, baste decir que el empresario además de partir de una situación superior, cuenta con el apoyo de sus organizaciones empresariales para la defensa de sus intereses, de tal modo que no resulta difícil entender que las posibilidades que las posibilidades de ver admitidas las pretensiones y reivindicaciones individuales son prácticamente inexistentes; por ello es necesario tomar ejemplo de los empresarios y establecer organizaciones que defiendan y velen por los derechos e intereses de la parte productiva laboral, es decir, los trabajadores.

RAZONES DE CARÁCTER PRÁCTICO

ECONOMICO.- El coste de cualquier servicio siempre resulta más económico para un grupo que individualmente, en este caso el coste de afiliación a un sindicato supone una cuota mensual muy económica, e independientemente de los servicios generales de consulta, asesoramiento, etc. Llegado el momento de tener que defender cualquier reclamación en vía judicial, hay dos tramites diferenciados, uno la previa conciliación en el SMAC y otro la posterior demanda en los Juzgados de lo Social, debiendo señalarse que solo el coste de la reclamación previa en el SMAC supone una cuantía que ya es superior a la cuota sindical anual.
EXPERIENCIA.- Otra cuestión importante es que el caso del SINDICATO LIBRE SEGURIDAD- SLS, todos sus miembros son trabajadores del sector de seguridad privada con  muchos años de experiencia y por tanto conocen todos y cada uno de los problemas propios del sector, asimismo los Abogados que defienden los asuntos del sindicato y sus afiliados igualmente tiene amplia experiencia en el ámbito del sector de seguridad privada y servicios auxiliares.
JUDIALIZACIÓN.- En la situación actual y bajo la socorrida excusa de la crisis económica, las modificaciones y últimas reformas de la legislación laboral, han desembocado en una estrategia por parte de las empresas de judicializar los asuntos y llevar a cabo las decisiones que les parecen más convenientes a sus intereses aún a sabiendas que incumplen con sus obligaciones de respeto de derechos, los largos plazos con los que funciona la justicia en este país, les dan oxígeno para prorrogar indefinidamente el cumplimiento de la legalidad, es decir, llevan a la práctica las medidas que les conviene; obligando a los trabajadores que no estén conformes con ello a acudirá los tribunales, ganado de esta forma tiempo y dinero, pues  muchos trabajadores ante el coste, en riesgo, tiempo y dinero, que suponen tales reclamaciones no las llevan adelante.
FUTURO.- Se desconoce que otras medidas restrictivas de derechos podrán tomarse en materia laboral, pero lo cierto es que no parece que vayan a mejorar, sino incluso a producirse más recortes, así se baraja incluso la posibilidad de suprimir la Asistencia jurídica gratuita, lo que puede suponer que los trabajadores, o una gran parte de ellos, no dispondrán de abogados de oficio con lo cual defender sus reclamaciones, resultará por su coste, prácticamente imposible.
Independientemente de lo anterior, lo que si sabemos es que el sector de seguridad privada atraviesa una etapa, por decirlo suavemente “delicada”, en la que como es sabido se han producido y se producen situaciones entre las que pueden señalarse como más significativas:
·         1.- Convenios colectivos con importantes recortes salariales, suscritos por los sindicatos mayoritarios UGT, CC.OO y USO.
·         2.- Renegociaciones de los convenios suscritos por los mismos, con más recortes laborales.
·         3.- Empresas que licitan a la baja, con convenios propios y con descuelgues salariales, y en la subrogación no respetan los derechos existentes en la anterior empresa, suprimiendo pluses y pagas reconocidos en acuerdos anteriores de convenio o de comité de empresa.
·         4.- Empresas que bajo la excusa de que los clientes pagan tarde y mal repercuten esta situación en los trabajadores con la consecuencia de que cobran mal y tarde.
·         5.- Empresas que llevan a cabo descuelgues salariales, modificación de las condiciones laborales e incluso llegan a suscribir convenios colectivos de empresa; lo que lleva a situaciones problemáticas en los procesos de subrogación.
·         6.- En resumen las empresas adoptarán las medidas que consideren convenientes a sus intereses  y quien no esté de acuerdo, se encontrará con que se somete a las medidas impuestas o tendrá que denunciar ante los órganos judiciales esas situaciones.
·          
RESUMEN: CONCIENCIACIÓN.- Del análisis conjunto de las cuestiones y razones que se han expuesto la única conclusión que cabe es que hay que concienciarse de la necesidad de afiliarse a un sindicato, y en su caso afiliarse a un sindicato del sector debiendo tener en cuenta:
1º.- Un sindicato de sector defiende específicamente los derechos de personas que se agrupan en una misma actividad con los mismos o similares intereses.
2º.- Un sindicato de sector dispone de unas estructuras de organización cuyo coste es menor que el de un sindicato general, puesto que tiene menor necesidad de medios y recursos.
3º.- Un sindicato de sector está formado por trabajadores de ese sector con gran experiencia en el mismo y que por lo tanto conocen directamente la problemática del sector.
4º.- Un sindicato de sector se mantiene mediante las cuotas de sus afiliados y por lo tanto no está condicionado por subvenciones que en alguna medida puedan limitar su actuación.
Finalmente resulta conveniente una última reflexión, quien considere la opción de afiliarse a un sindicato para que le resuelva sus problemas particulares, debe tener presente que la función de los sindicatos es la defensa de los derechos e intereses de los trabajadores en general y de sus afiliados en particular y que las reclamaciones que deban hacerse individualmente se efectuarán para llevar a cabo el cumplimiento de los derechos que se hayan reconocido o ganado colectivamente, solo para sus afiliados.

                                                                    

                                                                                      

CONTRATO EN PRACTICAS Y CONTRATO PARA LA FORMACION.

http://www.laboroteca.com/2014/09/contrato-en-practicas-y-contrato-para.html?m=1

viernes, 19 de septiembre de 2014

sábado, 13 de septiembre de 2014

CARTA AL MINISTERIO DE INTERIOR SOBRE AGENTES DE AUTORIDAD

Sindicato Libre de Seguridad
C/ San Juan de Mata, 9 – 4ºB    C. Postal 28011 - Madrid
Teléfono: 678 81 66 32 Fax: 91 469 03 63
email:
sindicatolibreseguridad@gmail.com





MINISTERIO DEL INTERIOR
DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA Y GUARDIA CIVIL
COMISARIA GENERAL DE SEGURIDAD CIUDADANA

D. Rafael Saldaña Erustes, mayor de edad con D.N.I. nº 5233257- K, en calidad de Secretario General del SINDICATO LIBRE DE SEGURIDAD- SLS, con domicilio a efectos de notificación en C/ San Juan de Mata, 9 – 4º- B - 28011 de Madrid ante la Unidad Central de Seguridad Privada comparece para plantearles la cuestión siguiente:

Como ya se indica en el Preámbulo de la nueva Ley 5/2014 de 4 de abril, de Seguridad Privada, se considera la Seguridad Privada “como una actividad con entidad propia, pero a la vez como parte integrante de la Seguridad Pública”.
Este hecho parece ser una de las novedades más importantes incluidas en esta Ley, ya que no sólo se reitera y se reafirma a lo largo de la exposición de la misma en el Preámbulo, sino a lo largo de diferentes artículos, poniendo de manifiesto la complementariedad, subordinación y la colaboración que se pretende entre la Seguridad Privada y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Esto ya se venía desarrollando en nuestro trabajo con la anterior Ley aunque este aspecto no estuviese reflejado de una manera tan concreta como ahora se recoge en su artículo 31; por eso para los vigilantes de seguridad nos parece un avance sustancial el que por parte del legislador se haya puesto más énfasis en algo que tenía que estar más definido y clarificado para el mejor desarrollo de una actividad a la que se le da una importancia como es la de garantizar los derechos y libertades de todos los ciudadanos.

No obstante, nos dirigimos a ustedes desde S.LS. (componente importante de la representación de los trabajadores del Sector de Seguridad Privada) con el fin de hacerles algunas consideraciones y, de alguna manera evitar que algo tan importante no se diluya en un reglamento tibio o farragoso del que sea imposible extraer claramente esta filosofía de colaboración que se pretende como ya ocurrió con la anterior Ley, no sólo ente los actores principales, sino ante los clientes, y sobre todo ante la opinión pública, que ya han demostrado durante la tramitación parlamentaria de esta Ley, que si se les desinforma o no se les especifica correctamente cómo se va a desarrollar nuestro trabajo se pueden crear rumores que después son difíciles de erradicar, provocando situaciones desagradables e incómodas para todos los implicados, como ya ha venido pasando durante la elaboración de esta esperada y muy necesaria regulación legal.

Además de lo expuesto anteriormente, entre los vigilantes de seguridad se está planteando un cúmulo de dudas en lo que se refiere a la protección jurídica análoga a la de los agentes de la autoridad frente a las agresiones o desobediencias cuando desarrollen su actividad en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Estos aspectos consideramos que deberían ser tratados específicamente, desarrollando por su parte algún tipo de programa de divulgación que no deje lagunas ni dudas, no sólo a los propios vigilantes de seguridad, sino como hemos expuesto anteriormente, a la ciudadanía, a los clientes y a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

No nos cabe la menor duda que en próximas fechas, la elaboración y redacción del Reglamento que desarrolle dicha Ley contendrá seguramente algunas de las respuestas a estas cuestiones, por lo que podría interpretarse nuestra sugerencia como una precipitación o una injerencia, cosa que en ningún caso pretendemos; pero tras haber podido constatar en nuestro trabajo diario durante estas dos décadas las consecuencias de falta de información y concreción en algunos aspectos importantes que fueron poco desarrollados en el Reglamento anterior, consideramos que si hacemos énfasis ahora no se cometerán los mismos errores y podremos ver todos los implicados unos mejores resultados de la nueva Ley incluidos los ciudadanos.

Agradeciendo su atención, aprovechamos para enviarles un cordial saludo.

Madrid 15 de septiembre de 2014






Fdo. Rafael Saldaña Erustes
Secretario General
SINDICATO LIBRE DE SEGURIDAD. SLS