¿COMO ACTUAR EN UNA
SUBROGACIÓN A UNA EMPRESA DESCOLGADA DEL CONVENIO ESTATAL O CON CONVENIO DE
EMPRESA?
PRIMERA DEMANDA, PROMOVIDA POR EL SLS, CON RESULTADO
FAVORABLE PARA EL TRABAJADOR, POR MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES SALARIALES A
RAÍZ DE UNA SUBROGACIÓN DE UNA EMPRESA DE CONVENIO ESTATAL A OTRA EMPRESA CON
CONVENIO PROPIO.
Desde el SLS, recientemente, hemos interpuesto demandas
individuales por modificación sustancial contra una conocida empresa de
seguridad con convenio propio. Aunque todavía estamos esperando el resultado de
otras muchas demandas pendientes que se tienen que sustanciar en otros juzgados
de primera instancia en fechas próximas, ya podemos contar con una sentencia
clara, y sin recurso, en la que se obliga a la empresa a reponer en las
condiciones salariales que el trabajador percibía en la empresa cesante en la
subrogación. Esta sentencia abre un interesante camino legal y, aunque no
sienta jurisprudencia, servirá de buena referencia para los casos que aún
quedan pendientes en esa empresa y esperamos que sirva de base para poder
actuar contra todas aquellas otras empresas de seguridad que están intentando
sacar ventajas tramposas de las facilidades que la Reforma Laboral y la
complicidad y docilidad sindical les proporcionan para bajar salarios y sacar
beneficios por la vía del fraude y la distorsión de las normas del convenio
estatal, siempre descartando la posibilidad de practicar un juego limpio y
legal de competencia entre las empresas.
En el caso que nos ocupa, la empresa adjudicataria del
servicio, inmediatamente a la subrogación, comenzó a aplicar su convenio de
empresa, convenio que rebaja el salario que percibía el trabajador en un
promedio de 160 euros mensuales. Desde nuestra Sección Sindical, conjuntamente
con nuestros servicios jurídicos reaccionaron, con rapidez y eficacia,
promoviendo las demandas por modificación salarial en los cortos plazos que la
Ley prevé para estos casos y para que, al final, el magistrado considerara en
su sentencia nuestros argumentos de defensa del salario del convenio, convenio
que, aunque ya hemos manifestado que no nos gusta, pero que recoge un salario y
jornada sustancialmente mejores que los que la empresas pretenden aplicar con
sus propios convenios, descuelgues y medidas de acompañamiento de ERES.
Desde el SLS ya hemos
actuado anteriormente contra esta estafa y actualmente estamos preparando una
serie de acciones colectivas y de información a los clientes de seguridad sobre
estas malas artes empresariales pero, de momento, todos aquellos que se vean
afectados por un caso de este tipo, deben de dirigirse a nosotros con el fin de
reaccionar ante este abuso empresarial.
El procedimiento exige rapidez y solvencia; una vez que el
trabajador detecte en una
subrogación, que le han aplicado un
convenio distinto y desfavorable, tiene 20 días hábiles para preparar su
demanda y después de proceder individualmente, hay esperar que en los distintos
juzgados, continúen con ese criterio de interpretación propicio al trabajador,
que la justicia funcione en unos plazos de tiempo razonables y, sobre todo,
que aquellos que legislan y aquellos que
pactan los convenios, tengan muy presentes estas realidades legales y
sindicales, para que transformen su tendencia a derrotismo y para que tengan
muy en cuenta los extremos de precariedad en la que nos encontramos los
trabajadores de este sector y que ya no se puede tirar más de la débil cuerda
de la que ahora dependen.