sábado, 13 de septiembre de 2014

CARTA AL MINISTERIO DE INTERIOR SOBRE AGENTES DE AUTORIDAD

Sindicato Libre de Seguridad
C/ San Juan de Mata, 9 – 4ºB    C. Postal 28011 - Madrid
Teléfono: 678 81 66 32 Fax: 91 469 03 63
email:
sindicatolibreseguridad@gmail.com





MINISTERIO DEL INTERIOR
DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA Y GUARDIA CIVIL
COMISARIA GENERAL DE SEGURIDAD CIUDADANA

D. Rafael Saldaña Erustes, mayor de edad con D.N.I. nº 5233257- K, en calidad de Secretario General del SINDICATO LIBRE DE SEGURIDAD- SLS, con domicilio a efectos de notificación en C/ San Juan de Mata, 9 – 4º- B - 28011 de Madrid ante la Unidad Central de Seguridad Privada comparece para plantearles la cuestión siguiente:

Como ya se indica en el Preámbulo de la nueva Ley 5/2014 de 4 de abril, de Seguridad Privada, se considera la Seguridad Privada “como una actividad con entidad propia, pero a la vez como parte integrante de la Seguridad Pública”.
Este hecho parece ser una de las novedades más importantes incluidas en esta Ley, ya que no sólo se reitera y se reafirma a lo largo de la exposición de la misma en el Preámbulo, sino a lo largo de diferentes artículos, poniendo de manifiesto la complementariedad, subordinación y la colaboración que se pretende entre la Seguridad Privada y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Esto ya se venía desarrollando en nuestro trabajo con la anterior Ley aunque este aspecto no estuviese reflejado de una manera tan concreta como ahora se recoge en su artículo 31; por eso para los vigilantes de seguridad nos parece un avance sustancial el que por parte del legislador se haya puesto más énfasis en algo que tenía que estar más definido y clarificado para el mejor desarrollo de una actividad a la que se le da una importancia como es la de garantizar los derechos y libertades de todos los ciudadanos.

No obstante, nos dirigimos a ustedes desde S.LS. (componente importante de la representación de los trabajadores del Sector de Seguridad Privada) con el fin de hacerles algunas consideraciones y, de alguna manera evitar que algo tan importante no se diluya en un reglamento tibio o farragoso del que sea imposible extraer claramente esta filosofía de colaboración que se pretende como ya ocurrió con la anterior Ley, no sólo ente los actores principales, sino ante los clientes, y sobre todo ante la opinión pública, que ya han demostrado durante la tramitación parlamentaria de esta Ley, que si se les desinforma o no se les especifica correctamente cómo se va a desarrollar nuestro trabajo se pueden crear rumores que después son difíciles de erradicar, provocando situaciones desagradables e incómodas para todos los implicados, como ya ha venido pasando durante la elaboración de esta esperada y muy necesaria regulación legal.

Además de lo expuesto anteriormente, entre los vigilantes de seguridad se está planteando un cúmulo de dudas en lo que se refiere a la protección jurídica análoga a la de los agentes de la autoridad frente a las agresiones o desobediencias cuando desarrollen su actividad en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Estos aspectos consideramos que deberían ser tratados específicamente, desarrollando por su parte algún tipo de programa de divulgación que no deje lagunas ni dudas, no sólo a los propios vigilantes de seguridad, sino como hemos expuesto anteriormente, a la ciudadanía, a los clientes y a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

No nos cabe la menor duda que en próximas fechas, la elaboración y redacción del Reglamento que desarrolle dicha Ley contendrá seguramente algunas de las respuestas a estas cuestiones, por lo que podría interpretarse nuestra sugerencia como una precipitación o una injerencia, cosa que en ningún caso pretendemos; pero tras haber podido constatar en nuestro trabajo diario durante estas dos décadas las consecuencias de falta de información y concreción en algunos aspectos importantes que fueron poco desarrollados en el Reglamento anterior, consideramos que si hacemos énfasis ahora no se cometerán los mismos errores y podremos ver todos los implicados unos mejores resultados de la nueva Ley incluidos los ciudadanos.

Agradeciendo su atención, aprovechamos para enviarles un cordial saludo.

Madrid 15 de septiembre de 2014






Fdo. Rafael Saldaña Erustes
Secretario General
SINDICATO LIBRE DE SEGURIDAD. SLS







No hay comentarios:

Publicar un comentario