CC.OO. IMPUGNA EL
CONVENIO QUE ELLOS MISMOS HAN FIRMADO
CONFLICTO COLECTIVO- EL
REGRESO A LA INCOMPETENCIA
No era nuestra intención despedir el año haciendo un escrito
en el que tuviese, una vez más, que reprochar una conducta errónea, equivocada,
ventajista, inmoral, desleal, incongruente y seguramente con una larga ristra
de calificativos parecidos o semejantes a los puestos de muestra, para definir
la acción acometida por el sindicato CC.OO.
Alguien que lea esto y sepa de qué vamos a hablar, me puede increpar
de antemano que, la denuncia es legítima cuando hay un incumplimiento por una
de las partes; y visto de esa manera simple y mundana, tendría razón en el
reproche. Pero las cosas demasiado simplificadas nos han llevado a meternos en
unos charcos con una excesiva profundidad, de la que lo único que hemos sacado
en claro han sido unas tremendas pulmonías.
Vayamos por partes. Hace pocas fechas se ha firmado un
Convenio Colectivo para las Empresas de Seguridad con vigencia para todo el año
2015. En la firma de este documento, la representación de CC.OO. decidió
adherirse a pesar de que parte de sus territorios no estaban dispuestos a
firmar nada siguiendo una tradición que les ha llevado por sendas con más barro
que asfalto. Cualquiera con dos deditos
de frente da por hecho que, antes de plasmar la firma alguno de ellos tuvo que leer
el documento y darse cuenta de algunos detalles que sin duda son de suma
importancia. A saber:
Que los artículos referentes a las retribuciones salariales
de dicho Convenio son las que son desde que éste existe, modificándose
básicamente los números que van a continuación de los conceptos.
Que si hay sentencias que avalan el cobro de otras cantidades
mientras se disfrutan las vacaciones y, éstas no son abonadas porque hasta
ahora no se había planteado seriamente esta solicitud, es lícito reclamarlas.
Hasta aquí la cosa está más que clara. Pero, antes de iniciar
una nueva guerra en los juzgados con un nuevo Conflicto Colectivo; antes de
poner en marcha un nuevo pero viejo empeño en resolver temas laborales en las
salas donde la justicia nos ha dado más palos que a una estera antes de que se
inventara la aspiradora; antes de volver a crear una tormenta de arena de la
que luego nadie es capaz de saber cómo hay que pagar lo demandado. Antes de
eso, deberían haber leído y comprendido lo que dicen los artículos de ese mismo
Convenio en lo referente a la resolución de conflictos que también han firmado:
Artículo 9 - Comisión Paritaria y Disposición Adicional Primera; además del
Artículo 7 en el que se hace referencia a la
unidad orgánica e indivisible del mismo. También deberían haber tenido
en cuenta que este Conflicto Colectivo paraliza, hasta que se resuelva el tema
(si es que se resuelve, porque las sentencia de en la que se basan, está
recurrida en el Tribunal Supremo) todas las reclamaciones individuales se
archivaran en tiempo indefinido.
Esto que quiere decir. Muy sencillo: que con fracasos
históricos en los juzgados que más nos han quitado que dado, estos tipos
deberían haber aprendido algo del pasado, especialmente para evitarnos a los
trabajadores otro periodo más de incertidumbre, o lo que es peor, que a la
larga salgamos perdiendo lo que podríamos haber ganado.
Si hay una Comisión Paritaria a la que convocar para exponer
algún tipo de pega que se haya encontrado a posteriori en la redacción o
interpretación del Convenio, ¿por qué no se ha hecho uso de esa facultad para
desarrollar ese invento tan poderoso como gratificante que es el diálogo entre
partes? ¿Por qué los señores de CC.OO.
han obviado, en caso de no haber sido atendidos por la Comisión Paritaria, el
uso de lo especificado y firmado en la Disposición Adicional Primera y someter
la petición al V Acuerdo Sobre Solución Autónoma de Conflictos Laborales?
Estas dos preguntas son suficientes para ver qué cara ponen y
la que pondremos los trabajadores con una más que desagradable respuesta;
porque lo único que me cabe pensar, es la de que quieran adquirir créditos de
cara a unas elecciones sindicales que se van a ir celebrando en los próximos
meses en las empresas más importantes del Sector. Dicho en román paladino: uso indebido de la representación de los
trabajadores con intereses particulares y partidistas.
Ellos pueden alegar que eso no es así y que cómo se me ocurre
decir semejante barbaridad. Pero, ¿es necesario que os recuerde nuevamente lo
que han supuesto los últimos conflictos colectivos no consensuados y dirimidos
en la arena de los juzgados? Creo que no hace falta, porque muchos dejasteis de
cobrar el plus de peligrosidad y muchos no sabéis a cuánto os tienen que pagar
la hora extra a día de hoy.
Una última reflexión. Si se establecen canales de
entendimiento y diálogo entre ambas partes para resolver conflictos, lo más
inteligente es hacer uso de ellos exponiendo claramente los argumentos. Si un
día se firma una cosa y al siguiente te olvidas de lo firmado, poca o nula credibilidad
van a tener aquellos que no tiene palabra, ni firma, ni escrúpulos, ni
dignidad, ni una larga ristra de calificativos parecidos o semejantes. La falta
de inteligencia en los representantes de los trabajadores nos conduce a guerras
donde se pierde más que se gana, y ya estamos un poco hartos de usos y maneras
trasnochados.
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